Extranjería
España se ha convertido en un destino atractivo no solo para turistas, sino también para emprendedores, profesionales y familias que buscan establecerse y prosperar aquí. Conscientes de las diversas necesidades de la población extranjera, ofrecemos un servicio especializado que cubre todos los trámites necesarios para facilitar su integración, desde ayuda para empadronarse , matriculación en colegios, obtención de permisos de residencia, registro en centro médico, visados , y representación legal.
Especialmente, nos gusta asesorarles, antes de que tomen la decisión de venir a vivir a España, sobre las implicaciones fiscales y/o derechos y obligaciones civiles que tendrían , por ejemplo en temas sucesorios o la obligación del canje del permiso de conducir o el cambio de matrícula a española.
En nuestra oficina, tenemos diferentes nacionalidades, lo que ayuda a la hora de empatizar con los clientes, entenderlos y explicarles la burocracia en España.
Servicios
Permítenos acompañarte en tu camino
La población extranjera sigue aumentando, principalmente en la Costa del Sol, tanto de no residentes, que adquieren su segunda vivienda aquí , o jubilados cuyo sueño es pasar el resto de su vida en un lugar seguro, soleado y de gran belleza, sino emprendedores y/o profesionales que desean trabajar y desarrollar sus proyectos e ilusiones aquí, donde forman una familia o traen a sus hijos, con el fin de alcanzar un bienestar social y económico.
Por ello, tenemos una sección especial dentro de nuestra gestoría, asesorándoles en distintas materias e idiomas (hablamos español, inglés y francés).
Los servicios difieren según la procedencia:
Principales servicios de extranjería :
- Solicitud de NIE, con o sin acompañamiento.
- Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea
- Permisos de residencia y/o trabajo, por arraigo social y laboral
- Reagrupación familiar
- Asistencia en la obtención de visados :
- Visados no lucrativos ( ayuda en la obtención del primer visado en las Embajadas de España del país de origen ) y/o renovación del Visado no Lucrativo en España ( 2º y 3ª)
- Visados de Estudiantes
- Cartas de Invitación
- Nacionalidad Española
- Certificados de Concordancia
- Certificados de Antecedentes Penales
- Certificados Policiales
- Denuncias por robo o extravío de tarjetas de residencia para su posterior solicitud de duplicado
Servicios adicionales para el extranjero :
- Empadronar en municipio de residencia.
- Certificado Digital
- Solicitud de certificados multilingües en el Registro Civil.
Importación de vehículos. - Registro de nacimientos o defunciones.
- Inscripción de matrimonios celebrados en el extranjero en el Registro Civil de Madrid.
- Impuesto anual de no residentes (obligatorio para propietarios de viviendas en España).
- Matrimonio con españoles o extranjeros.
- Parejas de hecho con españoles o extranjeros.
- Asistencia en la Legalización de documentos ( obtención de Apostilla de la Haya)
- Obtención de IBI, tasas basura, multas y su pago o domiciliación de recibos.
- Asistencia en la apertura de cuentas bancarias para no residentes o residentes.
- Asistencia jurídica en caso de detenciones o cualquier otro problema dentro del territorio.
- Representación jurídica ante los Juzgados.
- Interpretaciones o asistencia para obtención de Traducciones en diferentes idiomas.
Notas de su interés sobre el s1
Su obtención permitiría tener acceso a la sanidad pública en España y evitaría el coste adicional de obtener un seguro médico privado , requisito indispensable para solicitar aquí la residencia o para los visados. Tengan en cuenta también, que si se trata de jubilados, por su edad, suelen tener alguna enfermedad y las aseguradoras los suelen rechazar como clientes.
Solicitud : podemos encargarnos de la misma como representantes, ya que según el país, la solicitamos por teléfono o vía email y nos llega directamente a nuestra oficina para mayor comodidad del cliente.
Una vez tenga en su poder su documento de residencia o visado pertinente, junto con el Certificado S1, podemos tramitar la validación del mismo ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), sin que el cliente tenga que personarse en INSS.
Una vez, tengan en su poder el documento que acredita su derecho a asistencia sanitaria en España, podemos añadir como beneficiarios, a sus hijos o cónyuges si el cliente lo desea, y procederíamos a la inscripción en el centro médico que corresponda según su domicilio.